Por “sexting” se entiende una conducta consistente en “difundir o publicar sin consentimiento contenidos en donde la protagonista de las imágenes posa en situaciones erótica o sexual, producidos con o sin autorización, utilizando para ello el teléfono móvil u otro dispositivo tecnológico.” La Iniciativa tiene por objeto principal considerar esta conducta como una forma de violencia de género de tipo psicológica.
Por lo anterior, se hizo el análisis de la Iniciativa en los términos de que el eventual realce de la comunicación virtual inmediata, produce nuevos fenómenos sociales que pueden poner en riesgo el derecho a la dignidad y a la privacidad de las personas, dado que la grabación, reproducción y manipulación de contenidos tecnológicos, es todavía un ámbito que escapa de su regulación plena en ordenamientos jurídicos y, además, aplicar el uso de un término que explique el “sexting” y deje de usarse el anglicismo como forma de tipificación de este delito.
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